Reurbanización e integración socio-urbana en villas y asentamientos
CPAU
Faltan instrumentos en la propuesta del Gobierno para una real integración de los sectores relegados de la ciudad.
En 1991, por medio de la Ordenanza Nº 44.873, el Distrito U31 del CPU vigente dispuso la apertura de calles, se establecieron indicadores urbanísticos (carácter, subdivisión, usos, FOT/FOS, etc.), y la modalidad de la operatoria de venta en las villas existentes (los doce Subdistritos U31). Tales medidas no han sido implementadas y el proyecto de CU solo las reestablece parcialmente.
Se trata de un Título muy breve y genérico que relega el conjunto de condiciones de integración socio-urbana -entre otras, apertura de viales, dotación de equipamientos y espacios públicos, eliminación de barreras urbanas, llegada del transporte público- a la aprobación de un Plan de Detalle.
En el informe se manifiesta que deberían incluirse asimismo, otras manifestaciones del hábitat popular, como las casas o fábricas tomadas, los hoteles-pensiones, los conjuntos habitacionales con altos índices de hacinamiento, etc., cuya complejidad difícilmente puede regularse a partir de indicadores urbanísticos de tipologías de vivienda y usos admisibles, requiriendo de definiciones, estrategias e instrumentos específicos de actuación.
La problemática del acceso a la vivienda y a la ciudad, no se agota en la reurbanización e integración socio-urbana del hábitat precario, sino que es necesario incorporar políticas activas de regulación del funcionamiento del mercado inmobiliario, en particular el del suelo, atendiendo a los sectores de menores recursos a escala de toda la ciudad y de manera coordinada con su región metropolitana.
Desde esta perspectiva, resulta de vital importancia el desarrollo y puesta en práctica de instrumentos mencionados en el proyecto del CU, como el Programa de Promoción de Proyectos de Integración Socio Urbana, Emprendimientos de Integración social (EIS), con la posibilidad de incorporar vivienda asequible, tanto para la venta como el alquiler, en los desarrollos inmobiliarios privados mediante mecanismos de “zonificación inclusiva”, así como dos nuevas herramientas (propuestas en el Título 10 del informe), que son el Banco Público de Inmuebles y el Fondo Específico de Desarrollo Urbano y Habitacional.