Calidad acústica

Beatriz Garzón, Isabel Juárez, Agustina Cazón Narváez, Víctor Luis Alberto Cancino

jueves, 16 de mayo de 2024  |   

Pautas y recomendaciones para un hábitat sustentable.


La contaminación acústica es uno de los grandes problemas que tiene la sociedad en los últimos años, con un gran impacto sobre la salud de las personas expuestas a altos niveles sonoros, constituyendo uno de los factores que deterioran la calidad ambiental, la habitabilidad, la salud y la productividad de sus habitantes. El ruido se entiende como algo perturbador que deteriora el ambiente. Según la Asamblea Médica Mundial (AMM, 2007) “El ruido afecta a las personas de diversas maneras. Sus efectos están relacionados con la audición, el sistema nervioso vegetativo, la psiquis, la comunicación oral, el sueño y el rendimiento”.

Por otra parte, además de los efectos negativos en la salud y el ambiente, tiene implicaciones sociales, legales, económicas, educativas y sanitarias, entre otras. Se relaciona estrechamente con la sustentabilidad y la salubridad de las ciudades e involucra cualquier localidad, sin importar su tamaño, por lo cual debe ser comprendida y atendida por la sociedad en su conjunto; es imprescindible desarrollar acciones de concientización sobre los riesgos que implica el ruido.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) expresa que “el nivel de ruido para garantizar una buena salud y bienestar no debe superar los 65 decibeles (dBA)”. Si la exposición es superior a 70 dBA durante un período prolongado, puede producir, a escala individual, daños en el oído graves e irreversibles. En trabajos de investigación de nuestro equipo de trabajo, las mediciones acústicas indican que, por ejemplo, en horas de mayor aglomeración de personas, transportes o demanda de determinados servicios, el área céntrica de San Miguel de Tucumán soporta sonidos de entre 90 y 100 dBA.

A partir de la detección y la medición de estas fuentes y sus efectos, se realiza su impacto acústico; y se pueden generar las mejores soluciones para la habitabilidad de espacios interiores y exteriores al crear edificios y ciudades sostenibles que contribuyan a la calidad de vida y la salud de los usuarios de dichos espacios.

Asimismo, se hace imperioso desarrollar materiales y sistemas constructivos acústicos con recursos reutilizables, renovables, de menor impacto al ambiente, etc. de manera de alcanzar el acondicionamiento acústico (aislación, absorción, reflexión) más sostenible. También, es necesario e imprescindible crear y/o aplicar el marco normativo regulatorio pertinente.

Yihong (2019) afirma que: “Optimizar el entorno sonoro es una forma esencial de mejorar la calidad ambiental urbana en general y de reflejar las características de una ciudad”. 

Claves para combatir los ruidos de las metrópolis

Normativas y legislaciones integrales
En Argentina, se cuenta con un Proyecto de ley nacional que regula los niveles de ruido: “Presupuestos Mínimos Ambientales de Prevención, Control y Corrección de la Contaminación Acústica”, con media sanción de la Honorable Cámara de Diputados y el Senado de la Nación en el año 2023. La ley tiene como objetivo proteger el ambiente y la salud humana, mediante el control de situaciones de contaminación acústica para mejorar la calidad de vida de la población y la preservación ambiental, la conservación de la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas; a su vez, promover la investigación, utilización y transferencia de tecnologías adecuadas para reducir significativamente los niveles de contaminación acústica.

En Buenos Aires está vigente la Ley N°1540 de “Control de la Contaminación Acústica” y su Decreto Reglamentario Nº 740/07, a cargo de la Dirección General de Control Ambiental Agencia de Protección Ambiental (APrA) que es la autoridad de aplicación de la Ley. La normativa establece los límites permitidos de ruidos, según el horario y la zona que, de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano, corresponda al inmueble afectado.

En el caso de la provincia de Tucumán, por su parte, tiene un proyecto de Ley de “Control de la Contaminación Acústica” (2018) destinada al cuidado y control del ambiente sonoro; también, se cuenta con algunas normativas municipales y comunales. Por su parte, la Ley Provincial de Tucumán N°6253 regula “el racional funcionamiento de los ecosistemas humanos -urbano y agropecuario- y natural; la utilización racional de los recursos naturales, materiales y energéticos, renovables y no renovables, el paisaje, el patrimonio histórico y cultural, y las funciones sensoriales: visuales y auditivas; y la regulación, el control o la prohibición de toda actividad que pueda perjudicar o perjudique alguno de los bienes protegidos por esta ley, en el corto, mediano y largo plazo”; La Ordenanza 942 de la ciudad de San Miguel de Tucumán (SMT), en su Artículo 28, inciso b) Bocinas, expresa: “El uso de la bocina reglamentaria solo será permitido en casos de emergencia o para evitar accidentes”. También en SMT: la Ordenanza N°288/78 (actualizada en 2010), establece: “Queda prohibido dentro de los límites del municipio causar, producir o estimular cualquier clase de ruidos o sonidos innecesarios, molestos o excesivos, procedentes tanto de fuentes fijas como móviles que afecten o sean capaces de afectar la tranquilidad de las personas o al medio ambiente”. 

En el municipio de Yerba Buena rige la Ordenanza N° 2149, promulgada en junio de 2018 y formulada con el asesoramiento técnico del Grupo de Hábitat Sustentable y Saludable (GHabSS) donde se expresa: “Que sea cual fuere la percepción personal de un ruido molesto, es evidente que la exposición a niveles altos de ruidos o vibraciones resultan muy nocivos para la salud”. “Que en el municipio existen normativas en este sentido, como lo son, por ejemplo, las Ordenanzas 021/79; 736 y 1156”. “Que, no obstante, nuestro código de faltas municipal (Ordenanza N°1258) establece todo un capítulo denominado ´Contravención por atentado y daño a la ecología y al medio ambiente´ y en su Artículo 91 prevé severas sanciones a quien infringiere las normas prohibitivas de ruidos molestos o vibraciones que afecten a la vecindad en violación a la reglamentación vigente”.

De acuerdo a las normativas existentes, es necesario un eficiente control para el cumplimiento de las mismas, y además, lograr una modificación integral con los distintos municipios.
Cada municipio, cada provincia, etc. tiene una legislación distinta sobre el ruido, por ese motivo es fundamental lograr una unificación de criterios en torno a esta cuestión. Los criterios deben estar relacionados a mantener un nivel de intensidad acústica admisible de 40 a 55 dBA, respetar los horarios de descanso y las sanciones, en caso de infringir esas normativas. Esta información se puede visualizar en gráficas denominadas Mapas de Ruido, herramienta fundamental al momento de determinar las diferentes zonas respecto de los niveles sonoros y así saber cuáles son las zonas a preservar por sus bajos niveles sonoros y cuales zonas a proteger, y gestionar un plan de actuación para mitigar la contaminación sonora.

Diseño y planificación del espacio urbano 
El movimiento del tránsito vehicular tiene incidencia directa en la generación del ruido urbano, ocasionando molestias que afecta a todos los ámbitos de la vida: trabajo, ocio, descanso, etc. Por ello, es necesario mejorar la acústica en espacios exteriores, logrando nuevas condiciones acústicas en el hábitat urbano, con sensaciones agradables en los usuarios.

  • Distinción de vías de circulación, de acuerdo a la carga y uso del transporte; 
  • Reducción del número de carriles en el microcentro para evitar el paso de transporte público o de grandes camiones; 
  • Ensanchamiento de las veredas, priorizando al peatón e incorporando también nuevo mobiliario urbano con características fonoabsorbentes: bancos, maceteros, barreras, carteleras; 
  • Pantallas acústicas: además de funcionar acústicamente, las pantallas cumplen con condiciones estéticas, ambientales y ecológicas, permitiendo un embellecimiento de la ciudad y un aporte térmico.
  • Asfalto Fonoabsorbente: se trata de un tipo de asfalto compuesto por el pavimento tradicional, que suma una capa elástica y una capa porosa como terminación. Está comprobado experimentalmente que la porosidad influye de manera directa en la reducción del ruido de rodadura, a través de la absorción acústica.
  • Diseño del espacio verde: la vegetación urbana puede ser considerada “pantalla verde”, ya que genera grandes beneficios, incluyendo la mitigación del ruido; y en ello, intervienen variables como características, estructura, densidad y patrones de distribución de las especies adoptadas. Para mitigar el nivel de ruido mediante la vegetación se deben usar barreras de al menos 20 metros de ancho y 14 metros de altura, formadas por árboles heterogéneos, tupidos, con árboles de hojas anchas, densas y perennes; deben tener troncos gruesos y estar ubicadas cerca de la fuente de emisión del ruido. Su implementación debe fortalecerse como herramienta para mejorar la calidad ambiental en las ciudades, lo que implica mejor planificación y manejo eficiente de la arborización y de las zonas verdes. Esto posibilitará que la toma de decisiones para las intervenciones en el espacio público y privado sea más acertada, y ayude a mejorar nuestro hábitat y nuestra salud, y a aumentar el bienestar de cada comunidad.


Diseño de espacios interiores
Del mismo modo, también hay cuestiones sobre las que los ciudadanos deben actuar, de cara a lograr un buen ambiente acústico y al control de la cantidad de fuentes de ruido a las que se está sometido en la vida diaria, no sólo las de las ciudades; también en los hogares, en los lugares de trabajo, etc. Mediante estudios de nuestro equipo de trabajo, se ha verificado que, en la gran mayoría de los casos, las viviendas individuales o colectivas no están adecuadamente diseñadas para controlar el ruido. Para lograrlo, se hace necesario identificar correctamente el tipo de fuente de ruido y generar las propuestas de control adecuadas para cada caso. 

  • Uso de carpinterías con doble vidriado hermético (DVH): un espesor adecuado de los muros y cerramientos, materiales que contribuyan a la reducción acústica, pueden funcionar como barreras acústicas; también, es importante asegurarnos que haya conveniente distancia entre las construcciones y el ruido.
  • Mantener o mejorar las carpinterías existentes, es decir, conservar en condiciones las hojas de puertas y ventanas, sus burletes, procurar que no queden espacios entre el marco y las hojas de las carpinterías, etc. En caso de mejorarlas, cambiarlas por ventanas de doble vidriado hermético, reemplazar las hojas de las puertas por hojas de materiales más pesados y que sean de doble o triple contacto.
  • Para optimizar la aislación en muros, se debe agregar masa a los cerramientos; se puede aumentar una hilera de ladrillo de espesor adecuado, tabique de yeso cartón con lana de vidrio u algún otro material aislante.
  • En el caso de techos se puede incorporar un cielorraso con aislante termoacústico. Si fuera un edificio, para las divisiones horizontales entre departamentos se pueden colocar placas en cielorraso que aumenten su espesor o generen una cámara de aire.
  • En el interior de las viviendas, con el uso de materiales absorbentes se puede mitigar la reverberación, colocando espumas absorbentes en muros o techos, haciendo un adecuado uso de materiales según la función del local.

Se recomienda tener presente y estudiar el acondicionamiento acústico para obras nuevas, desde la concepción de los espacios, su forma y ubicación, los materiales con los que se van a materializar, como así también la ubicación y resolución de las instalaciones que dispondrá, sala de máquinas, conductos, ubicación de equipos como calderas, tanques cisterna, etc. de modo que no deban realizarse grandes cambios en cuanto a lo acústico una vez construida la obra. 

Por otro lado, la concientización y educación respecto a la contaminación acústica es imprescindible para la convivencia en la ciudad para no generar ruidos molestos y/o con persistencia en el tiempo.

Asimismo, es necesario ponderar las prestaciones acústicas de los edificios a través del Etiquetado Acústico de Edificios el cual además de regular dichas prestaciones permite dar un valor agregado a los mismos.


Referencias
Asamblea Médica Mundial. (2007). Declaración de la Asociación Médica Mundial sobre la Contaminación Acústica. Copenhague, Dinamarca.
Ley N°6253. Normas generales y metodología de aplicación para la defensa, conservación y mejoramiento del Ambiente. (16 de septiembre de 1991). B.O.: 15/10/1991. Medio ambiente. Normas para su conservación y defensa. Link
Ordenanza N°2149 (2018). Honorable Concejo Deliberante. Municipalidad de Yerba Buena, Tucumán.
Ordenanza N°288. (2010). Honorable Concejo Deliberante. Municipalidad de San Miguel de Tucumán, Tucumán.
Yihong, J., Ma, H., y Kang, J. (2019). Characteristics and evaluation of urban soundscapes worthy of preservation. Journal of environmental management, 253. Link
WHO (2011). Burden of disease from environmental noise. Copenhague, Dinamarca.